Por Víctor Cruz
SANTO DOMINGO, D. N.- El Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP) se reunió con la senadora por la Provincia de la Romana amarilis Santana Cedeño de Martínez, la Senadora por el Partido de la Liberación Dominicana, recibió una comisión de los dirigentes cooperativistas del país donde le expusieron la necesidad del sector en que se reconozca en la Reforma Constitucional a éste importante renglón de la economía nacional.
El señor Julito Fulcar, Presidente de CONACOOP, al conversar con la legisladora habló sobre la tradicionalidad histórica del cooperativismo dominicano a partir de su consagración en la Constitución de la República de 1963, se ha mantenido desde la Presidencia de la República del 27 de Febrero del 1963 del Profesor Juan Emilio Bosch Gaviño; por lo que desde la gestación de esa Carta Magna, se liga el nacimiento a un derecho sustantivo que educa la conciencia y encuentra su esplendor, en la promoción de valores que irradian esperanza en sectores populares, como mecanismo de solventar la lucha contra la desigualdad social y el combate a la pobreza.
El sector cooperativo dominicano, es un efectivo modelo de organización que agrupa a estratos poblacionales que realizan significativos aportes a la economía y el desarrollo social del país, movilizando miles de millones de pesos con la generación y comercialización de productos, la promoción del comercio justo, la creación de cientos de miles de empleos en todo el territorio nacional, promoviendo la responsabilidad social, la protección del medio ambiente, la salud comunitaria y la educación, etc.
Hoy sentimos enorme preocupación ante la amenaza de que el sistema cooperativo dominicano puede que quede en franca desprotección constitucional y que el reconocimiento y amplio compromiso que el Estado ha mantenido en la Carta Magna, para éstas empresas de propiedad colectiva quede ausente de una normativa constitucional que reconozca y proteja al sector cooperativo, que es un verdadero instrumento para la generación de riqueza y la lucha contra la pobreza.
La concepción constitucional de incentivar, fomentar y proteger las cooperativas, es una impronta histórica forjada desde el 27 de Febrero del 1963, con la llegada a la Presidencia de la República del profesor Juan Bosch, quien se convirtió en un adalid de la democracia participativa y en un sabio promotor de la filosofía y doctrina del cooperativismo; cuando en el Art. 29 de la Constitución Dominicana del 29 de Abril del 1963, expresa lo siguiente:
“El Estado propiciará la creación de cooperativas tanto rurales como urbanas, que tiendan a elevar, mediante el esfuerzo común, el nivel socioeconómico del conglomerado; asimismo podrá, para su más adecuada explotación, convertir las empresas del Estado en propiedades de cooperación o de economía cooperativista”.
El cooperativismo dominicano, tiene el compromiso histórico de impulsar el desarrollo sostenible, de promover el crecimiento integral y de fomentar la creación de empleos, para ofrecer protección constitucional; por lo que solicitamos encarecidamente que el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por intermedio de usted, su alta investidura y espíritu de solidaridad, en su calidad de Vocero del Bloque de Senadores de ese partido, tenga a bien valorar el trabajo del sector cooperativo dominicano y, en consecuencia, considerar para la Segunda Lectura que los Asambleístas en la Asamblea Revisora a la Constitución de la República, acojan lo siguiente:
1º Que al conocer el artículo 195 de la Reforma a la Constitución, el mismo sea así:
“Articulo 195.- El régimen económico es plural, se orienta hacia el desarrollo humano y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social territorial y la sostenibilidad ambiental en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades. El sistema económico estará constituido por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular, cooperativista, solidaria, y las demás que la constitución determine. Todas las formas de organización económica tienen la obligación de generar trabajo digno”.
2º Que al conocer el artículo 200 de la Reforma a la Constitución, el mismo sea concebido así:
Articulo 200. El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional; promueve, fomenta, incentiva y protege el desarrollo de las cooperativas de la micro, pequeña y mediana empresa; las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos.
La incidencia del cooperativismo en la República Dominicana, ofrece soluciones a mas de dos millones de ciudadanos diseminados en todo el territorio nacional, por lo que estamos altamente esperanzados de que los Bloques del PLD, PRD y PRSC, hagan suya esta iniciativa para que nuestra propuesta sea acogida en la Asamblea Revisora, y las cooperativas en el régimen económico sean objeto del reconocimiento, protección y fortalecimiento junto a las demás empresas de la economía solidaria.
No hay comentarios:
Publicar un comentario