SANTO DOMINGO, D. N.- La votación en los Distritos Municipales y en los Municipios, en las elecciones Congresuales y Municipales del 16 de mayo del 2010, se hará por separado conforme a lo establecido por el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) en respuesta a las sugerencias de ocho partidos políticos.
La decisión del Pleno figura en la resolución No. 10-2009 en cuya sección estaban presentes su presidente, el doctor Julio César Castaños Guzmán y los magistrados Roberto Rosario Márquez, presidente de la Cámara Administrativa; Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidnete de la Cámara contenciosa y los titulares Aura Celeste Fernández Rodríguez, Leyda Margarita Piña Medrano, José Ángel Aquino Rodríguez, César Francisco Féliz Féliz, John Newton Guiliani Valenzuela, Eddy de Jesús Olivares Ortega y Ramón Hilario Piñeira, secretario general de la JCE.
La decisión del Pleno figura en la resolución No. 10-2009 en cuya sección estaban presentes su presidente, el doctor Julio César Castaños Guzmán y los magistrados Roberto Rosario Márquez, presidente de la Cámara Administrativa; Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidnete de la Cámara contenciosa y los titulares Aura Celeste Fernández Rodríguez, Leyda Margarita Piña Medrano, José Ángel Aquino Rodríguez, César Francisco Féliz Féliz, John Newton Guiliani Valenzuela, Eddy de Jesús Olivares Ortega y Ramón Hilario Piñeira, secretario general de la JCE.
La máxima autoridad del tribunal electoral dispuso incluir la celebración de elecciones en los Distritos Municipales en la misma fecha que las elecciones congresuales y municipales de mayo del 2010. En estas se escogen las autoridades que pertenecen a esas demarcaciones.
Esas autoridades serán incluidas y especificadas en la proclama que dicte la JCE sobre el citado proceso electoral.
Las autoridades municipales, conforme a la resolución, serán escogidas mediante el voto directo de los munícipes inscritos en cada Distrito Municipal, en los mismos colegios que existen en esas demarcaciones.
Mientras que la votación en el nivel municipal consistirá en lección, por separado, de las autoridades de los municipios y de los distritos municipales.
En tanto corresponderá a los electores y electoras de esos municipios elegir a las autoridades de su demarcación, como son síndicos y sindicas, regidores y regidoras y sus respectivos suplentes.
El pleno de la JCE decidió que los electores de los Distritos Municipales tengan la responsabilidad de escoger a los directores o directoras, así como a los y las vocales de su respectivo distrito municipal.
Las Juntas Electorales, al momento de recibir las candidaturas municipales, velará para que los partidos y agrupaciones políticas depositen por ante las mismas las candidaturas correspondientes a los Distritos municipales de su jurisdicción.
Además vigilará que se incluya en esas candidaturas al menos el 33% de mujeres en los lugares alternos respecto a los hombres.
La resolución de la JCE precisa que los votos obtenidos por un partido o agrupación política en un Distrito Municipal, sólo le serán computados a las candidaturas a directora, directora y vocales presentadas por el partido o agrupación política en su respectiva demarcación.
“No serán computables a las candidaturas que ese partido o agrupación política yaya presentado para síndico (a) y regidores (as) del municipio al cual pertenezca el distrito municipal”, establece el documento.
Indica que los votos que obtenga un partido o agrupación política en las candidaturas para cargos similares a los antes citados en el municipio correspondiente, no le serán computados a las candidaturas de director, directora o vocales de los Distritos Municipales que formen parte del municipio.
Los partidos que emitieron opiniones y depositaron escritos en la JCE sobre la votación en los Distrito Municipales son: Partidos Unión Democrática (UDC), Popular Cristiano (PPC), Liberal de la República Dominicana (PLRD), de la Liberación Dominicana (PLD), Reformista Social Cristiano (PRSC), Quisqueyano Demócrata (PQDC), Renacentista Nacional (PRN) y Revolucionario Social Demócrata (PRSD).
Pleno JCE ratifica elecciones en 17 Distritos Municipales en el 2010
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) ratificó incluir la celebración elecciones en 17 Distritos Municipales para escoger las autoridades creadas de estas demarcaciones, a partir de las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo del 2010.
La ratificación sobre el particular consta en la resolución No. 09-2009. La reunión fue presidida por el doctor Julio César Castaños Guzmán, presidente del organismo electotal con la participación de los demás integrantes del Pleno, magistrados Roberto Rosario Márquez, Mariano Américo Rodríguez Rijo, Aura Celeste Fernández Rodríguez, Leyda Margarita Piña Medrano, José Ángel Aquino Rodríguez, César Francisco Féliz Féliz, John Newton Guiliani Valenzuela, Eddy de Jesús Olivares Ortega y Ramón Hilario Piñeira, secretario general de la JCE.
La decisión establece que las autoridades de los Distritos Municipales serán escogidas mediante el voto directo de los y las munícipes inscritos en esos Distritos, en los Colegios Electorales que existen en esas demarcaciones.
Esas autoridades escogidas serán incluidas y especificadas en la proclama que dicte la JCE sobre este proceso comicial.
La resolución dispone que en los casos de secciones y parajes No especificados por la Ley 176-09 sobre Distrito Nacional y los Municipios, se mantendrán como parte integral del “municipio madre” y se podrá ejercer el sufragio a favor de los candidatos propuestos en los Municipios, no en los Distritos Municipales.
La decisión incluye las demarcaciones de 17 Distritos Municipales y 77 secciones y parajes.
Los distritos municipales son: Guayabo, Cana Chapeton, Villa Elisa, La Cuesta, Monte Bonito, Las Lagunas, Boca de Yuma, El Aguacate, Elupina Cordero de las Cañitas, Arroyo al Medio, Las Gordas, Juan López, La Sabina, Amina, Cañongo, Río Grande y Maimón.
Sobre las secciones y municipios, la resolución dispone: “En aquellos casos en los cuales la ley que crea un Distrito Municipal no establece en forma específica las secciones y parajes que les son propios y por el contrario, omite los nombres de dichas demarcaciones, sean mantenidas como parte integral del “municipio madre” y en consecuencia los munícipes de estas demarcaciones escogerán a los candidatos municipales que son propuestos en dichos municipios y no en los Distritos Municipales.”
Esas autoridades serán incluidas y especificadas en la proclama que dicte la JCE sobre el citado proceso electoral.
Las autoridades municipales, conforme a la resolución, serán escogidas mediante el voto directo de los munícipes inscritos en cada Distrito Municipal, en los mismos colegios que existen en esas demarcaciones.
Mientras que la votación en el nivel municipal consistirá en lección, por separado, de las autoridades de los municipios y de los distritos municipales.
En tanto corresponderá a los electores y electoras de esos municipios elegir a las autoridades de su demarcación, como son síndicos y sindicas, regidores y regidoras y sus respectivos suplentes.
El pleno de la JCE decidió que los electores de los Distritos Municipales tengan la responsabilidad de escoger a los directores o directoras, así como a los y las vocales de su respectivo distrito municipal.
Las Juntas Electorales, al momento de recibir las candidaturas municipales, velará para que los partidos y agrupaciones políticas depositen por ante las mismas las candidaturas correspondientes a los Distritos municipales de su jurisdicción.
Además vigilará que se incluya en esas candidaturas al menos el 33% de mujeres en los lugares alternos respecto a los hombres.
La resolución de la JCE precisa que los votos obtenidos por un partido o agrupación política en un Distrito Municipal, sólo le serán computados a las candidaturas a directora, directora y vocales presentadas por el partido o agrupación política en su respectiva demarcación.
“No serán computables a las candidaturas que ese partido o agrupación política yaya presentado para síndico (a) y regidores (as) del municipio al cual pertenezca el distrito municipal”, establece el documento.
Indica que los votos que obtenga un partido o agrupación política en las candidaturas para cargos similares a los antes citados en el municipio correspondiente, no le serán computados a las candidaturas de director, directora o vocales de los Distritos Municipales que formen parte del municipio.
Los partidos que emitieron opiniones y depositaron escritos en la JCE sobre la votación en los Distrito Municipales son: Partidos Unión Democrática (UDC), Popular Cristiano (PPC), Liberal de la República Dominicana (PLRD), de la Liberación Dominicana (PLD), Reformista Social Cristiano (PRSC), Quisqueyano Demócrata (PQDC), Renacentista Nacional (PRN) y Revolucionario Social Demócrata (PRSD).
Pleno JCE ratifica elecciones en 17 Distritos Municipales en el 2010
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) ratificó incluir la celebración elecciones en 17 Distritos Municipales para escoger las autoridades creadas de estas demarcaciones, a partir de las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo del 2010.
La ratificación sobre el particular consta en la resolución No. 09-2009. La reunión fue presidida por el doctor Julio César Castaños Guzmán, presidente del organismo electotal con la participación de los demás integrantes del Pleno, magistrados Roberto Rosario Márquez, Mariano Américo Rodríguez Rijo, Aura Celeste Fernández Rodríguez, Leyda Margarita Piña Medrano, José Ángel Aquino Rodríguez, César Francisco Féliz Féliz, John Newton Guiliani Valenzuela, Eddy de Jesús Olivares Ortega y Ramón Hilario Piñeira, secretario general de la JCE.
La decisión establece que las autoridades de los Distritos Municipales serán escogidas mediante el voto directo de los y las munícipes inscritos en esos Distritos, en los Colegios Electorales que existen en esas demarcaciones.
Esas autoridades escogidas serán incluidas y especificadas en la proclama que dicte la JCE sobre este proceso comicial.
La resolución dispone que en los casos de secciones y parajes No especificados por la Ley 176-09 sobre Distrito Nacional y los Municipios, se mantendrán como parte integral del “municipio madre” y se podrá ejercer el sufragio a favor de los candidatos propuestos en los Municipios, no en los Distritos Municipales.
La decisión incluye las demarcaciones de 17 Distritos Municipales y 77 secciones y parajes.
Los distritos municipales son: Guayabo, Cana Chapeton, Villa Elisa, La Cuesta, Monte Bonito, Las Lagunas, Boca de Yuma, El Aguacate, Elupina Cordero de las Cañitas, Arroyo al Medio, Las Gordas, Juan López, La Sabina, Amina, Cañongo, Río Grande y Maimón.
Sobre las secciones y municipios, la resolución dispone: “En aquellos casos en los cuales la ley que crea un Distrito Municipal no establece en forma específica las secciones y parajes que les son propios y por el contrario, omite los nombres de dichas demarcaciones, sean mantenidas como parte integral del “municipio madre” y en consecuencia los munícipes de estas demarcaciones escogerán a los candidatos municipales que son propuestos en dichos municipios y no en los Distritos Municipales.”
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